CIUDAD DE MÉXICO.- En este 2020, tu empresa o empleador está obligado a darte utilidades, pues son parte de las ganancias que se han generado el año pasado, de acuerdo con la Ley Federal de Trabajo.
En 2020, la fecha límite para que se entregue el reparto de utilidades al empleado es el 31 de mayo, en caso de trabajar para una empresa (persona moral); y el 29 de junio, en caso de trabajar para un patrón (persona física). Es un derecho constitucional de los trabajadores mexicanos, por lo que, de no recibirlo, la empresa se hará acreedora a una sanción.
¿Cómo saber si me van a dar utilidades?
No todos los trabajos podrán tener este beneficio, si eres empleado en los siguientes rubros, NO tienes derecho a utilidades:
- Trabajadores domésticos.
- Directores.
- Gerente general.
- Por pago de honorarios (por ejemplo, profesionistas, artesanos, técnicos).
- Hay empresas que quedarán exentas de la repartición de utilidades, estas son:
- Empresas de nueva creación (primer año).
- Empresas cuyos ingresos acumulables no hayan excedido los 300 mil pesos.
- Instituciones públicas descentralizadas con fines culturales o beneficencia.