CIUDAD DE MÉXICO.- La Unidad Técnica de lo Contencioso del INE verificará que el Presidente Andrés Manuel López Obrador no hable sobre 11 temas relacionados con programas y el proceso electoral, en sus actos públicos.
De lo contrario, advirtió en el apercibimiento enviado el jueves, las sanciones por incumplimiento van desde una amonestación pública hasta una multa de 5 mil salarios mínimos -615 mil pesos- o un arresto de 36 horas, si la conducta persiste.
En el oficio de 32 hojas entregado a la Consejería Jurídica del Ejecutivo federal, la Unidad argumenta que en su conferencia del 20 de abril, el Mandatario, pese a que fue notificado un día antes que debía abstenerse de hablar de logros de Gobierno y la elección, lo volvió hacer, justificando que debía responder preguntas de reporteros.
El Presidente de la República abordó cuestiones relacionadas con logros y acciones de Gobierno que pueden catalogarse como propaganda gubernamental: ayuda jóvenes, pensión adultos mayores, becas a estudiantes, atención médica, medicamentos gratuitos, vacunas para la ciudadanía y la devolución del dinero de quienes abusaron durante el periodo de corrupción», indica,
Hizo referencia a lo que denomina ‘partido conservador’, a una encuesta sobre preferencias electorales, a lo que está en juego en estas elecciones (la mayoría de la Cámara de Diputados y, consecuentemente, el manejo del presupuesto), a lo que desde su perspectiva pasaba antes (corrupción, privilegios, impunidad) y lo que pasa ahora (transformación, cambios profundos), y, sobre esa base, la decisión de la gente para que opté por lo primero y por lo segundo, en el contexto de la actual proceso electoral».
La autoridad insiste en que la difusión y exaltación acciones y logros de Gobierno, y el contraste y diferencia entre grupos políticos, en el marco del actual proceso electoral, violan los artículos 41 y 134 constitucional.
Por ello, advierte al tabasqueño que los parámetros para fijar una próxima sanción son 11: si hay difusión de logros de Gobierno o acciones gubernamentales que pretendan exaltar a un gobierno en particular; manifestaciones sobre el ejercicio de las prerrogativas de los partidos; y sobre la vida interna de éstos o sobre candidaturas.
Así como posturas a favor o en contra de coaliciones electorales, pronunciamientos sobre plataformas electorales, y dichos que impliquen asociación con alguna fuerza política o logros de su Administración.
Además de promoción personalizada de algún candidato o funcionario; referencia a estrategias electorales de cualquier fuerza política; encuestas de intención de voto o preferencias electorales; y cualquier mensaje que busque o genere tener un efecto persuasivo o de influencia en el electorado.
La Unidad Técnica justifica que está facultada para imponer, de oficio o por denuncia de un tercero, medidas de apremio, para evitar una afectación mayor o de inminente irreparabilidad.
Para hacer cumplir coercitivamente las resoluciones, los medios de apremio son: apercibimiento -primer llamado que ya hicieron al tabasqueño-; amonestación -que le advierte sigue de no frenar su conducta-; multa que va desde los 50 hasta los 5 mil días de salario mínimo; y arresto hasta por 36 horas con el apoyo de la autoridad competente», detalla el documento firmado por el director del área, Carlos Ferrer.
En el expediente, la Unidad afirma que en al menos 10 frases, López Obrador viola la ley.
Por ejemplo, al decir que la gente tiene que saber que la función principal de la Cámara de Diputados es aprobar el presupuesto y entonces la disputa -en esta elección- está en el manejo del dinero público.
Cuando arenga que si los partidos conservadores manejaran el presupuesto habría moches y al pueblo le repartían migajas en elecciones, o que en la encuesta del periódico REFORMA el 48 por ciento de la gente quiere que el partido -el suyo- conserve el control de la Cámara y el 38 que sea la oposición.
En consecuencia, se considera justificado, oportuno y necesario ordenar al Presidente Andrés Manuel López Obrador ajuste su conducta a lo ordenado por la Comisión de Quejas, apercibido que, de no hacerlo, se le impondrá como medida de apremio una amonestación pública.
Esto, con independencia de que en su momento se le emplace por la conducta aquí analizada», indica la Unidad en el oficio.